Autónomo en España trabajando para una empresa extranjera: cómo facturar, el IVA y los impuestos
Actualizada el 9 de octubre de 2026
Trabajar desde España para una empresa de Estados Unidos, Alemania o Reino Unido es cada vez más habitual, y los sueldos suelen ser mejores que los del mercado local. La duda llega al firmar: ¿cómo se factura a una empresa extranjera, se cobra IVA o no, y qué impuestos se pagan? Esta guía lo explica sin rodeos.
1. ¿Te contratan como empleado o como autónomo?
Hay tres formas habituales de trabajar para una empresa extranjera desde España:
- Empleado a través de un EOR (Employer of Record) como Deel, Remote u Oyster. Un intermediario con sociedad en España te hace un contrato laboral español: nómina, Seguridad Social, retención de IRPF, vacaciones y paro. Para ti es como cualquier empleo.
- Empleado de una filial española. Si la empresa tiene sociedad en España, también es un contrato normal.
- Autónomo (contractor). Te das de alta como trabajador por cuenta propia y emites una factura cada mes. Es la opción más frecuente con startups y empresas que no tienen presencia en España.
Si puedes elegir, compara las cifras netas: un contrato vía EOR suele ofrecer menos bruto, pero incluye cotización completa, paro y vacaciones. El resto de la guía se centra en el caso de autónomo.
2. Darte de alta como autónomo
- Hacienda: alta censal con el modelo 036 (o el 037 simplificado), eligiendo el epígrafe del IAE de tu actividad (por ejemplo, programación o diseño).
- Seguridad Social: alta en el RETA. Desde 2023 la cuota depende de tus rendimientos netos. Si es tu primera alta (o llevas más de dos años sin estarlo), tienes la tarifa plana de 80 € al mes durante 12 meses, prorrogable otros 12 si tus rendimientos no superan el salario mínimo.
- Operador intracomunitario (ROI): si vas a facturar a empresas de la Unión Europea, solicita en el mismo 036 el alta en el registro de operadores intracomunitarios para aparecer en el censo VIES.
3. Cómo facturar y cuándo se cobra IVA
La regla general para servicios entre empresas es que el IVA se paga donde está el cliente. En la práctica:
- Empresa de otro país de la UE con número de IVA válido en VIES: la factura va sin IVA, con la mención "Inversión del sujeto pasivo" (artículo 196 de la Directiva 2006/112/CE). El cliente liquida el IVA en su país.
- Empresa fuera de la UE (EE. UU., Reino Unido, Suiza, LATAM…): la factura va sin IVA, como operación no sujeta por reglas de localización (artículo 69 de la Ley del IVA).
- Empresa española: IVA del 21% y, normalmente, retención de IRPF del 15% (7% los primeros años de actividad).
La factura incluye tus datos y NIF, los del cliente con su número fiscal (VAT number, EIN…), el concepto, el importe y la mención de por qué no lleva IVA. Puedes facturar en dólares, pero para declarar tendrás que convertir a euros con un tipo de cambio oficial y usar siempre el mismo criterio.
4. Los impuestos trimestrales
- Modelo 303 (IVA): cada trimestre, hasta el día 20 del mes siguiente (el del cuarto trimestre, hasta el 30 de enero). Aunque no cobres IVA, lo presentas declarando esas operaciones en sus casillas. Y puedes deducir el IVA de tus gastos profesionales, así que a menudo sale a devolver.
- Modelo 349: declaración informativa, solo si facturas a empresas de la UE.
- Modelo 130 (IRPF): pago a cuenta del 20% de tu rendimiento neto (ingresos menos gastos) acumulado en el año. Como el cliente extranjero no te retiene nada, este pago es obligatorio para ti.
- Anuales: modelo 390 (resumen de IVA) en enero y la declaración de la renta (modelo 100), donde se regulariza lo pagado en los 130.
Un consejo práctico: aparta cada mes alrededor de un 30% de lo que cobras para impuestos y cuota. La renta final depende de tu tramo y de tus gastos, pero así no te llevarás sorpresas.
5. Retenciones en el extranjero
Las empresas de EE. UU. te pedirán el formulario W-8BEN. Con él declaras que eres residente fiscal en España y evitas que te retengan impuestos en Estados Unidos. Si algún país te retiene, el convenio para evitar la doble imposición permite deducirlo en tu renta española, siempre que tengas el justificante.
6. Cómo cobrar
Una transferencia internacional en dólares a tu banco puede costar comisiones de recepción y, sobre todo, un tipo de cambio desfavorable. Las opciones más habituales para reducir costes:
- Cuentas multidivisa (Wise, Revolut Business y similares): datos bancarios locales en EE. UU. o Reino Unido para recibir como si fueras local y conversión a euros cercana al tipo real.
- Plataformas de pago del cliente (Deel, Remote, Oyster en modo contractor): suelen pagar directamente en euros.
7. Cuánto cobrar
Como autónomo pagas tu cuota, no tienes vacaciones pagadas ni paro, y asumes los gastos. Para comparar con un sueldo de empleado, una referencia razonable es pedir al menos un 30–40% más que el bruto anual equivalente, o calcular tu tarifa diaria dividiendo el objetivo anual entre unos 200 días facturables.
Resumen
- Comprueba si la empresa te contrata vía EOR o como autónomo, y compara netos.
- Date de alta en Hacienda (036, con ROI si facturas a la UE) y en el RETA.
- Factura sin IVA a empresas extranjeras, con la mención correcta.
- Presenta cada trimestre el 303 y el 130 (y el 349 si facturas a la UE).
- Aparta en torno a un 30% para impuestos y cobra con una cuenta multidivisa.
Esta guía es informativa y resume la normativa vigente en octubre de 2026. La fiscalidad cambia y cada caso es distinto: antes de tomar decisiones, consulta con una gestoría o asesor fiscal.
Ofertas remotas que admiten candidatos de aquí
- Communications and Social Media Manager · DuckDuckGo · 129k$ - 129k$
- Partner Delivery Manager · n8n
- Senior Engagement Manager - EMEA · GitLab
- Senior Product Designer · DuckDuckGo · 179k$ - 179k$
- Accountant · n8n
- GTM Enablement - Partner Program · ElevenLabs