Trabajar en remoto para una empresa extranjera desde Chile: boleta de honorarios, retención y cotizaciones

Actualizada el 21 de octubre de 2026

Cada vez más profesionales en Chile trabajan para empresas de Estados Unidos, Europa o el resto de Latinoamérica sin moverse de casa. La parte que más dudas genera no es el trabajo, sino el papeleo: cómo emitir la boleta a un cliente que no tiene RUT, quién paga la retención y cómo se cobra. Esta guía lo resume.

1. ¿Te contratan como trabajador o como independiente?

  • Independiente (a honorarios), lo más habitual. Prestas servicios, emites una boleta de honorarios cada mes y te encargas de tus impuestos y cotizaciones.
  • Trabajador a través de un EOR (Employer of Record) como Deel, Remote u Oyster. Un intermediario con empresa en Chile te contrata con contrato de trabajo chileno: liquidación de sueldo, AFP, salud, seguro de cesantía y vacaciones.
  • Trabajador de una filial chilena, si la empresa tiene sociedad en el país.

El resto de la guía se centra en el caso más común: independiente a honorarios.

2. Inicio de actividades y boleta de honorarios

Necesitas haber hecho inicio de actividades en segunda categoría ante el SII y emitir boleta de honorarios electrónica desde el portal del SII. Lo que importa es tu residencia, no la del cliente: si vives en Chile, los ingresos del exterior se declaran igual que los locales.

Si el cliente no tiene RUT chileno, emites la boleta sin datos del receptor (el SII permite identificar al extranjero sin RUT). El portal funciona en pesos, así que convierte cada cobro con el dólar observado del Banco Central y guarda el monto original y el tipo de cambio usado.

Las boletas de honorarios no llevan IVA. Si en vez de persona natural operas con una empresa (EIRL o SpA), emitirás factura y aplican otras reglas.

3. La retención la pagas tú

Cuando el cliente es una empresa chilena, ella retiene el impuesto de tu boleta y lo paga al SII. Una empresa extranjera no es agente retenedor en Chile, así que te toca a ti:

  • Declaras y pagas cada mes un pago provisional mensual (PPM) en el Formulario 29, por el mismo porcentaje de la retención.
  • En 2026 ese porcentaje es del 15,25%. Sigue subiendo por la Ley 21.133: 16% en 2027 y 17% desde 2028.
  • Se declara en el mes en que recibiste el pago, hasta el día 20 del mes siguiente si lo haces por internet.

Un consejo práctico: cada vez que cobres, aparta en otra cuenta ese porcentaje para no tener sorpresas.

4. Cotizaciones y Operación Renta

Esos pagos provisionales no se pierden. En la Operación Renta de abril, el SII calcula tu impuesto anual y usa lo pagado para financiar tus cotizaciones como trabajador independiente: pensión, salud, seguro de accidentes laborales y seguro SANNA. Si queda saldo a favor, te lo devuelve.

Gracias a eso tienes cobertura de salud y sumas a tu pensión aunque tu cliente esté en el extranjero, siempre que declares tus boletas.

5. Cómo cobrar

  • Transferencia internacional a tu cuenta en un banco chileno, en dólares o en pesos. Revisa las comisiones de recepción y el tipo de cambio que aplica tu banco.
  • Cuentas multidivisa o plataformas (Wise, Payoneer, Global66 y similares), que dan datos bancarios en el extranjero y convierten a pesos con menos costo.
  • Plataformas del propio cliente (Deel, Remote u Oyster en modo contractor), que pagan directamente a tu cuenta.

Para cada cobro, guarda el comprobante, la fecha y el tipo de cambio: es lo que respalda tus boletas.

6. Cuánto cobrar

A honorarios no tienes vacaciones pagadas, gratificación ni indemnización, y la retención sale de tu bolsillo. Pide al menos un 25–30% más que el sueldo bruto equivalente de un trabajador contratado, y negocia en dólares, que es lo habitual en este tipo de puestos.

Resumen

  1. Comprueba si te contratan vía EOR o a honorarios.
  2. Haz inicio de actividades y emite boleta de honorarios sin datos del receptor si el cliente no tiene RUT.
  3. Paga cada mes el 15,25% como PPM en el F29, en el mes en que cobras.
  4. En la Operación Renta, esos pagos cubren tus cotizaciones y se regulariza el impuesto.
  5. Cobra en tu banco o en una cuenta multidivisa y guarda los comprobantes.

Esta guía es informativa y resume la normativa vigente en octubre de 2026. Las reglas tributarias cambian y cada caso es distinto: antes de tomar decisiones, consulta con un contador.

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